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Calcula el sueldo líquido de una trabajadora de casa particular y el costo total para el empleador. La calculadora usa la UF, la UTM y las comisiones AFP del mes que elijas, e incluye los aportes especiales de este régimen.

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Mes de liquidación
Datos de la trabajadora de casa particular

¿Qué es distinto en casa particular?

– La trabajadora no cotiza seguro de cesantía. El empleador paga el 3%: 2,2% a la cuenta individual y 0,8% al fondo solidario.
– El empleador aporta además el 1,11% de la remuneración imponible a la indemnización a todo evento, hasta un máximo de 11 años de antigüedad.
– El seguro de accidentes del trabajo (Ley 16.744) es obligatorio y lo paga el empleador.
– La habitación y la alimentación que se entregan puertas adentro no se consideran remuneración imponible.
– El ingreso mínimo mensual aplica completo en jornada completa y en forma proporcional en jornada parcial.

Ejemplo

Sueldo bruto de $600.000, octubre de 2026, AFP Uno y Fonasa:

– Descuentos de la trabajadora: AFP $62.760 y salud $42.000.
– Sueldo líquido: $495.240.
– Costo total para el empleador: $651.240, que incluye el aporte del 3% de cesantía, el 1,11% de indemnización a todo evento, el seguro de accidentes y la cotización de la reforma previsional.

Preguntas frecuentes

¿La trabajadora de casa particular paga seguro de cesantía?
No. Desde la Ley 21.269, el empleador paga el 3% y la trabajadora no cotiza.

¿Hasta cuándo se paga el aporte de indemnización a todo evento?
Por un máximo de 11 años con el mismo empleador.

¿Cuánto es el sueldo mínimo para una trabajadora de casa particular?
Es el ingreso mínimo mensual vigente en jornada completa, y proporcional a las horas pactadas en jornada parcial.

¿La alimentación y la habitación cuentan como sueldo?
No, no son remuneración imponible cuando se entregan puertas adentro.

¿Esta liquidación es oficial?
No, es referencial. Para una liquidación oficial, contáctanos.